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Detalle del Convenio

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL CIRO ALEGRÍA Y EL EJERCITO DEL PERÚ BATALLON DE INFANTERIA MOTORIZADO CORONEL OSCAR DE LA BARRERA N°323

Objeto del Convenio:
El objeto del presente Convenio, es establecer cláusulas marco para la colaboración y cooperación interinstitucional entre LAS PARTES, a fin de fortalecer los vínculos entre sí, en el aspecto académico, de investigación, administrativo, bienestar universitario, responsabilidad social universitaria y otros que contribuyan al desarrollo y sostenibilidad interinstitucional en el ámbito de sus zonas de influencia.

Compromiso(s):


5.1.1.     Promover espacios de capacitación en el laboratorio de computación e idiomas, en los horarios establecidos de común acuerdo, al personal de tropa del BIM Nº 323. 
5.1.2.     Propiciar actividades de responsabilidad social relacionada con la participación del personal tropa del BIM Nº 323, orientados a la mejora de la educación en el ámbito territorial.
5.1.3.     Promover el desarrollo de las prácticas pre profesionales en EL BIM 323.
5.1.4.     Promover talleres deportivos y culturales al personal de tropa del BIM Nº 323.
5.1.5.    Capacitar al personal de tropa del BIM N° 323, para postular a las escuelas de formación de las instituciones armadas, escuelas de PNP e instituciones educativas de nivel superior desde el inicio de la CEPRE UNCA. 
5.1.6.    Otros que resulten necesarios durante la vigencia del presente convenio. 

Entidad Cooperante:
EL EJERCITO DEL PERÚ BATALLON DE INFANTERIA MOTORIZADO CORONEL OSCAR DE LA BARRERA N°323

Compromiso(s):

5.2.1.  Apoyar con la difusión de las carreras profesionales que ofrece LA UNCA en la zona de influencia.
5.2.2.     Difundir publicaciones producidas por LA UNCA sobre temas educativos de interés común.
5.2.3.     Facilitar el uso exclusivo de los espacios para la práctica del deporte de voleibol, tenis de mesa, ajedrez y otras disciplinas deportivas en los ambientes del BIM N° 323 sin afectar sus actividades propias. Las partes determinarán la fecha y horario mediante Convenio Específico.
5.2.4.    Otros que resulten necesarios durante la vigencia del presente convenio. 
 

Referencia:
RESOLUCIÓN DE COMISION ORGANIZADORA N° 0297-2021/CO-UNCA



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